El PSOE, vencedor de las últimas legislativas de marzo, "tiene la voluntad inequívoca de hacer posible, en los términos previstos por la Constitución, el derecho a que los inmigrantes puedan votar en las elecciones municipales", declaró Blanco secretario general del partido.
Los socialistas entienden que "es positivo para España y que es positivo para la integración" de los inmigrantes en el país, añadió
Por su parte, el ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación, Miguel Angel Moratinos, comunicó a su par boliviano, David Choquehuanca, que el Gobierno español tiene intenciones de hacer las "modificaciones legislativas necesarias" para hacer posible el voto de los inmigrantes en las elecciones municipales "sobre la base del principio de reciprocidad".
Así se lo comunicó Moratinos a Choquehuanca durante la reunión de trabajo que mantuvieron ambos en Madrid a mediados de este mes de julio, en el marco de la visita que realizó el jefe de la Diplomacia boliviana a España.
Tras las explicaciones ofrecidas por el ministro Moratinos, el canciller Choquehuanca expresó su "satisfacción" por esta medida ya que redundará en una mayor integración del colectivo de inmigrantes bolivianos en la sociedad española.
El principio de reciprocidad que plantea el Gobierno español para que los inmigrantes puedan votar en las municipales se cumple en el caso de Bolivia, ya que su legislación recoge el derecho de los extranjeros de votar en las elecciones municipales, siempre que demuestren que han vivido dos años ininterrumpidamente en el país.
Según los últimos datos del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, a 31 de marzo de 2008 había un total de 74.377 inmigrantes bolivianos con residencia legal en España, de los cuales la gran mayoría (71.192) están registrados en el régimen general y sólo 3.185 en régimen comunitario.
Principio de reciprocidad
Este principio se basa en que sólo puedan votar en España los ciudadanos de países que dejen votar a los españoles. Además, el derecho al voto sólo será efectivo en las elecciones municipales en las que los extranjeros además de votar podrán ser votados para locales.
El principio de reciprocidad establecido en el artículo 13.2 de la Constitución Española [1], no está desarrollado por ninguna sentencia del Tribunal Constitucional, por lo que será el Parlamento el que decida cómo se articula.
Sin embargo, será necesaria la existencia de Convenios bilaterales con los países de origen que en algunos casos no serán posibles hasta que esos estados modifiquen su legislación para dejar votar a los españoles.